Novedades legales en diciembre
Se publica el Boletín Sistema Red 6/2017 que afecta a la cotización y afiliación a la Seguridad Social.
¿A quién afecta?
A todos los autorizados RED, usuarios de WinSuite32, SILTRA y RED Directo que comunican datos de cotización y afiliación a la Seguridad Social.
¿Cómo afecta?
Ley 6/2017, de 24 medidas urgentes del trabajo autónomo
- Artículo 5. Bonificación da los trabajadores por cuenta propia por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación. Bonificación de cuota autónomo. Se comunica su alta igual que hasta ahora, debiendo acreditar posteriormente el parentesco familiar que permite la bonificación ante la Dirección Provincial o Administración de la Seguridad Social o también a través de la Sede Electrónica en el Servicio de Variación de Datos en RETA.
- Artículo 6. Bonificaciones de cuotas de Seguridad Social para trabajadores autónomos durante el descanso por maternidad, paternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural. Bonificación de cuota autónomo. Al inicio del descanso por cualquiera de las situaciones previstas es necesario que el autónomo esté en alta.
- Artículo 7. Bonificaciones a las trabajadoras autónomas que se reincorporen tras haber cesado por maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, siempre que vuelvan a realizar una actividad por cuenta propia en los dos años siguientes a la fecha de cese. Bonificación de cuota autónomo. Para tener derecho a esta bonificación se deberá cumplimentar el campo “MUJER REINCORPORADA”; hasta finalizar el 2017 se debe mecanizar una baja en el Régimen y registrar alta posteriormente para anotar el citado campo.
- Disposición Adicional 7ª. Bonificación por contratación de trabajadores autónomos.
- En Afiliación, para identificar a estos trabajadores se van a crear los siguientes valores del campo VÍNCULO FAMILIAR:
- 2- Familiar trabajador autónomo. Informado.
- 6- Familiar trabajador autónomo. Acreditado.
- 7- Familiar trabajador autónomo. No acreditado.
- En Afiliación, para identificar a estos trabajadores se van a crear los siguientes valores del campo VÍNCULO FAMILIAR:
Los valores 6 y 7 serán informados por TGSS una vez realizada la corrección del valor informado “2”.
Se informará de la fecha de implantación de estos valores en un próximo Boletín RED. Hasta ese momento, para que se aplique esta bonificación habrá que comunicar el alta del trabajador familiar con un contrato 100, 200 o 300, según proceda, y enviar a la correspondiente Administración o Dirección Provincial de la TGSS una declaración responsable para informar que por la contratación de dicho trabajador el autónomo es beneficiario de la bonificación por cumplir los requisitos exigidos. Solo será necesario hacer esto hasta que se implante el mencionado valor “2” del campo “Vínculo Familiar”.
Afectación en fichero FAN:
- Clave de deducción CD07 para identificar esta bonificación.
- Disposición Final 10ª. Modificación art. 35 Ley Autónomos: Bonificaciones por altas de familiares colaboradores de trabajadores autónomos. Bonificación de cuota autónomo. Para obtener la bonificación se debe acreditar posteriormente el parentesco familiar que permite la bonificación ante la Dirección Provincial o Administración de la Seguridad Social o también a través de la Sede Electrónica en el Servicio de Variación de Datos en RETA.
Identificación de subcontrataciones de obras y servicios
Recordatorio de que en Afiliación de Sistema RED, desde septiembre de 2012, se puede comprobar la afiliación y alta en Seguridad Social de los trabajadores que ocupen que sean objeto de contrata o subcontrata, tanto en modalidad online como en remesas.
Comunicación electrónica del certificado de empresa para prestaciones de maternidad y paternidad por RECEMA
Recordatorio de que el certificado de empresa para prestaciones maternidad y paternidad se debe comunicar (y también consultar, modificar y eliminar) por sistema RED-online, RECEMA y Remesas.
¿Cuándo afecta?
Ver el detalle de cada novedad.
Más información en http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/229432.pdf