Novedades legales en febrero
Orden de cotización 2018
¿A qué afecta?
A las bases, tipos y topes de cotización para 2018.
¿A quién afecta?
A las empresas y trabajadores sujetos a la obligación de cotizar a la Seguridad Social.
¿Cómo afecta?
Establece los parámetros de cotización a la Seguridad Social para 2018:
- Las bases de cotización mínimas y máximas, los tipos de cotización de los diferentes regímenes y sistemas especiales.
- Las cuotas de cotización de los empleados formativos.
- Los coeficientes reductores de cotización por exclusión de alguna contingencia.
- Las reducciones y exclusiones de cotización.
- Los tipos de cotización adicionales correspondientes a determinadas situaciones y colectivos.
- Las diferencias de cotización provocadas por la aplicación de lo publicado en esta Orden se pueden liquidar hasta el último día de marzo de 2018.
¿Cuándo afecta?
Publicada el 29/01/2018, en vigor desde el 01/01/2018.
Más información en http://www.boe.es/boe/dias/2018/01/29/pdfs/BOE-A-2018-1142.pdf
Gipuzkoa – Modelo 347 (2017). Exclusión de la declaración de arrendamientos de locales de negocio sujetos a retención
¿A qué afecta?
Se establece un cambio de criterio respecto a la declaración de arrendamientos de locales de negocio sujetos a retención. Por tanto, se adapta el criterio de declaración al establecido para el Territorio Común en el ejercicio 2014.
¿A quién afecta?
A los sujetos pasivos arrendadores de locales de negocio sujetos a retención que tengan la obligación de presentar el modelo 347.
¿Cómo afecta?
- Las retenciones de profesionales deben seguir declarándose para este 2017 (este punto está pendiente de confirmación por parte de Diputación de Gipuzkoa).
- En cuanto a los arrendamientos de locales de negocio sujetos a retención:
- El arrendador no declara estas operaciones en el modelo 347 (2017), pero los arrendamientos no sujetos a retención + detalle en anexo de inmuebles se siguen presentando.
- En cuanto al arrendatario, declara como hasta ahora:
- Los arrendamientos de locales de negocio no sujetos a retención.
- No cumplimenta el anexo de inmuebles.
- En cuanto a los cobros en metálico percibidos en 2017 por arrendamientos de locales de negocio sujetos a retención:
- Se declaran:
- Cobros percibidos en 2017 por estas operaciones que hayan sido realizadas hasta el ejercicio 2016, dado que en 2016 los arrendamientos de locales de negocio eran operaciones declarables.
- No se declararán:
- Cobros en metálico percibidos en 2017 y adelante, que correspondan a operaciones de arrendamientos de locales de negocio sujetos a retención, dado que a partir del 01/01/2017 dichas operaciones ya no son declarables por parte del arrendador.
- Se declaran:
¿Cuándo afecta?
La primera liquidación afectada será la correspondiente al ejercicio 2017, que se presentará durante el mes de febrero de 2018.