Novedades legales en septiembre
Os detallamos las novedades legales más relevantes para vuestros negocios.
Boletín Noticias RED 4.2018
¿A qué afecta?
A la cotización, la afiliación a la SS y la comunicación al INSS.
¿A quién afecta?
A todos los autorizados RED usuarios de WinSuite32 y SILTRA que comunican datos de afiliación a la SS y al INSS.
¿Cómo afecta?
- Servicio de obtención de duplicados de relaciones nominales de trabajadores y recibos de liquidación
Los autorizados que quieran obtener duplicados del RNT de liquidaciones confirmadas a partir de marzo 2018 (inclusive) lo podrán hacer a través de este servicio de SLD (solo durante el día siguiente a su solicitud), en lugar de dirigirse a la Unidad de Atención al Usuario.
- Nuevo control de base mínima en liquidaciones L13
- Se va a equiparar el control de la base mínima de las L13 con periodo de vacaciones inferior a un día al de las L00 (ordinaria).
- Esta modificación tendrá lugar a partir del próximo octubre para todas las L13 presentadas desde octubre, con independencia del PL al que se refieran.
- Si el trabajador es a tiempo parcial, se tendrá en cuenta el coeficiente informado en el AFI.
- Los CCC de los grupos II y III del mar no deberán presentar L13 a partir de octubre, sino que deberán hacerlo mediante solicitud de borrador.
- Novedades derivadas de los PGE 2018:
– Tipo de cotización en supuestos especiales: bomberos y ertzaintzas
– Bonificación trabajadores fijos discontinuos del sector del turismo, comercio y hostelería vinculados al turismo
Desde el 03/08/18 hasta el 30/09/18 se pueden comunicar las bonificaciones correspondientes a febrero y marzo en Afiliación mediante la acción ASA (Situaciones Adicionales a Afiliación), en el segmento FCT, con el valor 420, para la aplicación en las cuotas de dichos periodos.
Los autorizados deberán solicitar la devolución de ingresos.
– Bonificación en supuestos de cambio de trabajo por riesgo durante el embarazo, lactancia natural o enfermedad profesional
En Afiliación se mantiene la identificación de estos trabajadores: anotación de los valores 01 y 02 en el campo CAMBIO PUESTO TRABAJO del segmento DAM.
En FAN esta bonificación se comunica mediante la clave de deducción CD07.
– Bonificación por conversión en indefinidos de contratos para la formación y aprendizaje celebrados con beneficiarios del SNGJ (nueva introducida en los PGE 2018)
La identificación de estos trabajadores en Afiliación se detallará en un próximo Boletín Noticias RED.
- Nuevo beneficio de tarifa plana para trabajadores autónomos o autónomos del mar (grupo I) con actividad en municipios < 5.000 habitantes
- Nuevos servicios:
– RETA: “Modificación de condición”
– RETA y Régimen 0825: nuevo servicio “IDC Informe Datos Cotización CP-100”
– Régimen 0825: nuevo servicio “Altas, bajas y eliminación de movimientos previos”
- Comunicación de determinadas bajas a través del Sistema Red
No se admitirán bajas en Sistema RED de trabajadores cuya alta se hubiese producido a instancia de Inspección de Trabajo.
- RECEMA: nuevo campo “FECHA FIN DE LA 5ª SEMANA”
Ya se puede utilizar el campo FECHA FIN DE LA 5ª SEMANA en remesas. En la modalidad online se implementará en las próximas semanas.
El Boletín no detalla cuándo se debe informar la 5ª semana, si bien por las respuestas que tenemos hasta el momento parece que se podría hacer tanto en el mismo momento de comunicar el certificado de paternidad como posteriormente. Consultamos de nuevo ahora que ya está disponible.
- Identificación de supuestos de trabajo concentrado en periodos inferiores al alta
Para los trabajadores jubilados parciales, en Afiliación, el campo RETRIBUCIONES ANUALES PREVISTAS (segmento DBA) debe incluir el importe de estas retribuciones que el trabajador a tiempo parcial hubiese tenido derecho a percibir de estar trabajando a jornada completa, sin reducir el importe conforme a los porcentajes establecidos en la LGSS para el cálculo de la base de cotización durante la jubilación parcial.
La cotización de liquidaciones de cuotas de lo informado en el AFI para estos trabajadores se detallará en un próximo Boletín Noticias RED.
¿Cuándo afecta?
Ver el detalle de cada novedad aquí.
Adaptación de la normativa española al RGPD (inspección y régimen sancionador)
¿A qué afecta?
Al control y el régimen sancionador de la protección de datos según lo establecido en el Reglamento Europeo de Protección de Datos.
¿A quién afecta?
A todas las empresas o a cualquier persona o entidad que se dedique a una actividad económica que trate datos de carácter personal.
¿Cómo afecta?
Se adapta la normativa española al reglamento europeo en relación a la inspección, sanciones y régimen sancionador.
Concretamente se integran los siguientes puntos:
– La investigación e inspección las hará la Agencia Española de Protección de Datos, para asegurar el cumplimiento del RGPD.
– Se determinan los sujetos responsables de la protección de datos, como los responsables y los encargados de los tratamientos, las entidades de certificación…
– Se concretan las infracciones que vulneran el RGPD, así como su prescripción.
– Se desarrolla el régimen sancionador y su prescripción.
– Se establecen los procedimientos a seguir en caso de producirse una vulneración de la normativa de protección de datos.
¿Cuándo afecta?
La entrada en vigor tuvo lugar el 31 de julio de 2018.